miércoles, 13 de noviembre de 2013

el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero (ITAIG), solicitó al gobernador del estado, Angel Heladio Aguirre Rivero la creación del Consejo Estatal de Archivos.

Chilpancingo, Gro., 13 de noviembre.- Derivado de los problemas causados por la falta de  conservación de archivos administrativos e históricos en diferentes dependencias, instituciones y ayuntamientos del estado,  el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero (ITAIG), solicitó al gobernador del estado, Angel Heladio Aguirre Rivero la creación del Consejo Estatal de Archivos.
La consejera presidenta del ITAIG, María Antonia Cárcamo Cortez expresó que a pesar de que el ITAIG provee todo lo necesario para que las personas puedan tener acceso a la información pública y sus datos personales “este derecho se va visto sustancialmente menoscabado en virtud de que los Sujetos Obligados no cuentan con archivos administrativos o históricos idóneos para conservar adecuadamente los documentos generados en el ejercicio de sus atribuciones”, por lo que urgió a que se cree el Consejo Estatal de Archivos.
Explicó  que mediante un escrito turnado al Ejecutivo del estado, Angel Heladio Aguirre Rivero este 13 de noviembre, el órgano garante del acceso a la información y la protección de datos personales, le está pidiendo su apoyo para la creación del Consejo Estatal de Archivos, figura que aún no existe en el estado, pese a la Ley 875 de Archivos Generales del estado, en su artículo 29 prevé su existencia.
En ese sentido,  dijo que está solicitando también además del Ejecutivo del estado, al poder Legislativo y  Judicial- quienes de acuerdo con esta ley formarían parte del mismo- su apoyo a efecto de que pueda constituirse este Consejo Estatal de Archivos que permitiría clasificar y conservar adecuadamente la información producida por las instituciones del estado, así como los ayuntamientos y demás órganos autónomos en el estado.
Destacó la importancia de clasificar y conservar la información en archivos de trámite, concentración e históricos, como lo señala el artículo 4 de la ley “con la finalidad de que los documentos se conserven íntegros y disponibles para facilitar el acceso expedito a la información contenida en los mismos” y dijo que una vez integrado dicho consejo se

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